En el último tiempo, muchos medios se han dedicado a analizar si es un acto de justicia o un mal negocio que ejerzan este derecho, lo cual siempre se hizo en nombre de las propias comunidades. Cabe entonces dar lugar a sus propias y reflexiones sobre la ley.
Columna de María Paula Wagner Lic. en Comunicación Social UNLP Página 12
La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual reconoce la naturaleza jurídica que la Constitución Nacional les atribuye a los pueblos originarios y los autoriza a la instalación y funcionamiento de servicios de comunicación audiovisual por radiodifusión sonora con amplitud modulada y modulación de frecuencia así como de radiodifusión televisiva abierta.
En el último tiempo, muchos medios se han dedicado a analizar si es un acto de justicia o un mal negocio que ejerzan este derecho, lo cual siempre se hizo en nombre de las propias comunidades. Cabe entonces dar lugar a sus propias y reflexiones sobre la ley.
Recientemente, el periodista Jorge Lanata aseveró en una entrevista: “Esta boludez de ‘hagamos la radio de los wichis’, ¿quién carajo va a escuchar la radio de los wichis? (…) ¿Y cómo les van a pagar el sueldo a los operadores?”.
Los wichí no tardaron en responder: “Nosotros, Sr. Lanata. Sí, nosotros los wichí, escuchamos la radio wichí”, se puede leer en wichidelchaco.blogspot.com. El rol “que juega la radio wichí es un instrumento de comunicación para el desarrollo y progreso democrático”. Sin embargo, ningún medio se hizo eco de estos dichos.
Lanata hizo su descargo. Se lamentó de que “esa preocupación oficial, como tantas otras, se declama, pero no se ejerce” y que ni aun en los medios administrados por los wichí, según él, se vayan a mostrar las carencias que vive este pueblo. Pero nada haría suponer que nuevos medios en nuevas manos darían lugar a los mismos desde una mirada no desarrollista.
¿Cuál es la propuesta? ¿Volver al modelo anterior, enseñarles a los wichí cómo desarrollarse y hacer un doble acto de negación de su palabra?
Por ley, la actividad prestada por los SCA se caracteriza por ser de “interés público” y “por consiguiente no deben tratarse como si sólo tuviesen un valor comercial”. Apunta a la promoción de la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación.
En tal sentido, afirma un comunicador qom, “cuando los medios de comunicación indígenas estén en plano de igualdad de derechos frente a los medios privados, estatales y comunitarios en el espectro radioeléctrico, podremos hablar de interculturalidad en la comunicación”.
“Supón que contestamos y decimos que la pauta publicitaria del Estado debe ser distribuida equitativamente en ‘todas las voces’, seguro la crítica iría hacia el manejo que haría el Gobierno de nuestros medios; por otro lado, supón que decimos que los vamos a financiar nosotros los indígenas desde nuestra autonomía económica y política, que es el gran objetivo de la Libre Determinación de los Pueblos Indígenas; seguro van a salir con el terrorismo, el separatismo y algún otro ‘ismo’, para desacreditar”, advierte Roberto Ñankucheo, director de Pueblos Originarios de la Secretaría de Ambiente de la Nación.
La ley prevé que estos medios serán financiados por asignaciones del presupuesto nacional, venta de publicidad, donaciones y legados, la venta de contenidos de producción propia, auspicios y patrocinios y recursos específicos asignados por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Ello no les impide poseer independencia política y económica, como tradicionalmente han tenido los medios comunitarios.
“Buscamos visibilizar la realidad cultural y territorial de los más de treinta pueblos originarios que habitan el país y restablecer la palabra a los pueblos revalorizando sus idiomas y cultura”, describe Ñankucheo. Una batalla ancestral que los pueblos originarios se vienen dando.
Bajo el mando del pueblo kolla, FM Pachakuti 89.9 es la primera radio en habitar el aire de la puna jujeña, en el marco de la aplicación de la Ley 26.522. Junto a ella, se entregaron autorizaciones a las radios de los pueblos kolla, ocloya, mapuche y diaguita en El divisadero, Salta; Iruya, Salta; Volcán, Jujuy y El Huecú en la provincia de Neuquén.
Que la ley sea democratizante, universal y participatoria no implica que sus contenidos y emisiones sean de calidad. “Ahora tenemos que trabajar fuertemente en la producción de los contenidos que hemos pensado e implementar estrategias de sostenibilidad,” expresó Armando Kispe, del Equipo de Comunicación Andina del Pueblo Kolla de la Puna.
Los medios indígenas no buscan un fin comercial, pero tampoco pueden emitir programaciones que sólo revistan interés para las comunidades. De lo contrario, se estaría cayendo en un marcado relativismo cultural.
La lentitud en la entrega de autorizaciones no es del todo alentadora. Será necesario garantizar la financiación y la diversidad. Que se generen capacitaciones y prácticas profesionales para los comunicadores indígenas de modo que adquieran conocimientos vinculados con el uso de las nuevas tecnologías e incluso generar la posibilidad de nuevas fuentes de empleo. Producir contenidos atractivos que respeten la lengua y la identidad cultural en un marco de integración de toda la sociedad.