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Ley 26.160: Hecha la ley, hecho el desalojo

Un informe de la Pastoral Aborigen denunció que la ley no ha sido aplicada y que en más de una ocasión se aprovechó para frenar los reclamos. El relevamiento de tierras se realizó sólo en seis unidades.

Por Dario Aranda
Página 12


La Ley 26160 fue sancionada en 2006 y publicitada como parte de la “reparación histórica” para los pueblos originarios (freno a los desalojos y censo catastral de territorios indígenas). A casi cinco años de su aprobación: “Existe un muy bajo nivel de ejecución”. Así lo denuncia un informe del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa), que relevó la aplicación de la norma, al señalar que “la ley parece ser usada más para frenar los reclamos indígenas que para reparar el daño que durante más de 200 años sufren los pueblos originarios que habitan el país”. Además remarca la falta de voluntad política para cumplir los derechos de las comunidades indígenas y advierte sobre el aumento de la violencia contra las comunidades.

El 1º de noviembre de 2006 la Cámara de Diputados sancionó la Ley 26160, que prohibió los desalojos de comunidades indígenas durante cuatro años y ordenó relevar, en tres años, las tierras que ocupan los pueblos originarios de todo el país. Por su muy demorada aplicación, fue prorrogada en noviembre de 2009 (Ley 26554).

El informe de Endepa, de 50 páginas, se llama “Advertencia sobre la inejecución de las leyes nacionales de emergencia de la posesión y propiedad comunitaria indígena” y fue presentado ante el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y los distintos bloques políticos del Congreso Nacional.

“Existe un notorio incumplimiento por parte del Estado argentino en relación a la ejecución de las leyes que ordenan la realización de un relevamiento técnico, jurídico, catastral de las tierras que ocupan tradicionalmente las comunidades indígenas”, afirma Endepa y precisa que, a más de cuatro años de aprobada la ley, se “han completado los trabajos correspondientes a sólo seis comunidades en todo el país”.

El informe detalla la situación de cada provincia. En Jujuy se aprobó un monto de 1,9 millones de pesos para relevar 231 comunidades de los pueblos Omaguaca, Atacama, Ocloya, Kolla, Tilián y Guaraní. Se fijó un plazo de ejecución de 15 meses, con inicio el 30 de diciembre de 2008. No se cumplieron los plazos y el Consejo de Participación Indígena (CPI) provincial reclamó por escrito a la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia (a cargo del relevamiento).

El 15 de junio de 2010 hubo reunión entre CPI, Secretaría de DDHH e INAI. Se acordó la presentación de 50 “carpetas” (expedientes de relevamiento) para su aprobación. En febrero de 2011, la Secretaría de DDHH reconoció que existían carpetas a “la firma” del presidente del INAI, Daniel Fernández, con una inexplicable “demora en la implementación”.

Salta firmó acuerdos con el INAI por 3,9 millones de pesos para relevar 300 comunidades de nueve pueblos indígenas. Comenzó en diciembre de 2008 y tenía plazo de 24 meses. El 6 de octubre de 2010, dos meses antes de vencer el plazo, un informe oficial del INAI de la Coordinación Legal del Reteci (Relevamiento Territorial) reconoció que “el resultado obtenido fue muy escaso teniendo en cuenta que se presentaron seis carpetas y que tienen serias observaciones técnicas”.

El informe de Endepa sobre Salta también destaca “incumplimientos de los plazos establecidos, reiterados inconvenientes y prolongada inacción”. Alerta una denuncia de técnicos por no haber percibido sus salarios y detalla la existencia de reclamos formales de la organización indígena Qullamarka, y de los pueblos guaraní y wichí.

“En Formosa aún no se ha iniciado la ejecución (del relevamiento)”, denuncia. Detalla que en agosto de 2010 se firmó un convenio de entendimiento entre el INAI y el Instituto de Comunidad Aborígenes de Formosa (ICA), pero fue “rechazado ampliamente por las comunidades por no respetar la Ley 26160” en cuanto a la participación indígena. Precisa que el Consejo de Participación Indígena (CPI), que debiera ser organismo ejecutor del relevamiento, nunca fue elegido por elecciones (fue designado por el gobierno provincial).

Valentín Suárez, representante de la comunidad Riacho de Oro del Pueblo Qom y delegado por el Consejo de Comunidades Originarias (CCO) viajó en enero de 2011 a Buenos Aires y presentó un escrito ante el INAI: “El motivo que me trae es entregar un petitorio para que la situación de nuestras tierras sea regularizada. A algunas comunidades no les han reconocido a sus representantes legales y otras no tienen título de tierras. Si bien la Ley 26160 tiene lindo contenido, el convenio que firmaron los presidentes del ICA y el INAI no lo aceptamos”.

Las irregularidades e incumplimientos se repiten en Mendoza, Tucumán, Santiago del Estero, Chaco, Misiones, Río Negro y Chubut. El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), máximo espacio gubernamental en la materia, no respondió los llamados de Página/12.

A cinco años de sancionada la ley, en Neuquén aún no comenzó el relevamiento. Y se multiplican los desalojos. Dos casos graves resaltados son las comunidades Currumil y Paichil Antriao. “Lamentamos corroborar que no se han logrado frenar los desalojos o desocupaciones judiciales”, advierte el informe y detalla casos en Tucumán (comunidades de la zona de Quilmes, Nogalito y Mollar), Pampa del Indio en Chaco, Los Toldos en Buenos Aires e intentos de desalojos en Santa Rosa Leleque de Chubut (en conflicto con la empresa Benetton).

El informe advierte que la falta de implementación del relevamiento “se convierte en una herramienta para la violación de los derechos indígenas” y denuncia “el crecimiento de la violencia estatal como aparato represivo en los desalojos”. Detalla como casos paradigmáticos las represiones sobre la comunidad qom La Primavera (Formosa) y las diaguitas Las Pailas (Salta) y Chuschagasta (Tucumán). Recuerda los asesinatos de los indígenas Javier Chocobar (12 de octubre de 2009) y Roberto López (23 de noviembre de 2010). Y termina con una interpelación: “Los derechos indígenas también son derechos humanos que se deben respetar”.

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