Mientras las comunidades originarias de Tucumán llegaban a Buenos Aires junto a pueblos indígenas de todo el país, el 20 de mayo, otro hecho importante se estaba concretando en su provincia de origen. Ese día el Fiscal de Instrucción de la VII Nominación formuló el requerimiento de elevación a juicio en la causa por el crimen de Javier Chocobar, al considerar que ya se poseen todas las pruebas incriminatorias necesarias contra los acusados Darío Amín, Luis Gómez y Eduardo José Valdivieso Sassi.
Fuente: Indymedia
El texto completo del requerimiento de elevación a juicio
El pedido de castigo para los asesinos de Chocobar, de 69 años, sucedido en el marco de la defensa de su territorio ancestral, es una de sus demandas mas sentidas y recientes del pueblo diaguita. A través de la prensa se difundió recientemente un impactante video del momento en que se desencadena el ataque.
Darío Amín es un terrateniente de la zona y los otros dos implicados son ex policías que están señalados como pertenecientes al paraestatal Comando Atila que dirigía el fallecido ex comisario Malevo Ferreyra. Luis Gómez, además, es cuñado del Jefe de la Policía de Tucumán, Hugo Sanchez.
La causa ha sido caratulada como homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa, basándose en la información recopilada a lo largo de estos meses por el fiscal interviniente. Las pruebas que constan en el sumario son declaraciones de los testigos e implicados, actas policiales y de los hospitales que atendieron a los heridos, informes balísticos, entre muchos otros.
Tras el análisis de las pruebas y declaraciones, el fiscal concluyó que los acusados -Amín, Gómez y Valdivieso- actuaron con dolo, lo cual implica una intención deliberada de cometer el delito. Suasnabar determinó que los imputados “tuvieron una participación activa y premeditada al concurrir fuertemente armados y con total impunidad comenzaron a efectuar disparos sin que pueda de ningún modo probarse una agresión inicial por parte de integrantes de la comunidad indígena”.
De igual modo, el fiscal sostuvo que los intentos de la defensa de caratular la causa de Homicidio y Lesiones en riña son totalmente infundados dado que los miembros de la comunidad indígena de Chuschagasta no iniciaron una pelea, sino que, por el contrario, los imputados comenzaron a disparar indiscriminadamente sin importarles la presencia de mujeres y niños en el lugar.
Asimismo, los comuneros sólo se enfrentaron a los agresores luego de que ellos comenzaran a balearlos con la intención de quitarles las armas y no del modo que lo plantearon Amín, Gómez y Valdivieso en sus declaraciones. Por otro lado, Gómez y Valdivieso alegaron que poseían armas de fuego con autorización dado su carácter de ex policías, pero el informe extendido por RENACE da cuenta que ninguno de los tres imputados poseían un permiso y que la credencial de autorización presentada por Gómez había expirado el 1 de octubre de 2009, pocos días antes del homicidio.
Chocobar fue asesinado el 12 de octubre, cerca de las 18.30, en la localidad de El Chorro, Trancas, al norte de la provincia. El fiscal sostuvo que el crimen fue perpetrado cuando “la comunidad indígena Chuschagasta se encontraba cuidando de forma pacífica tierras que refieren les pertenecen a sus ancestros”. Según un escrito presentado por la propia defensa de Amín, ese día el terrateniente le mandó un mensaje de texto vía celular (sms) a su hermano Santiago anunciándole un “operativo” que estaba por realizar. “Confío en Luis y van 4 policías más”, completaba el sms.
Por todo ello, el fiscal Arnoldo Suasnabar requirió la elevación a juicio del caso por los delitos de homicidio calificado de Javier Chocobar, homicidio calificado en grado de tentativa de Andrés y Emilio Mamaní y portación ilegal de armas de fuego por parte de Darío Amín, Luis Gómez y Eduardo Valdievieso.
En declaraciones al diario tucumano La Gaceta, los defensores de los procesados dijeron que se opondrán a la solicitud del fiscal. Luego de eso, los querellantes podrán hacer su propia presentación y la doctora Emma Lidia De Nucci, a cargo del Juzgado de Instrucción de la II Nominación, tomará la resolución. El tiempo estimado para la definición es de tres o cuatro semanas.
Libres esperan el juicio
La prisión preventiva para Gómez y Amín fue dictada el 10 de noviembre, pero fueron liberados el 26 de febrero luego que la Cámara de Apelación declaró nula la resolución por “carecer de elementos probatorios”. “En Tucumán se dictan prisiones preventivas por delitos absolutamente menores y acá estamos ante un hecho con una persona fallecida y dos personas gravemente heridas”, declaró en abril a Indymedia uno de los abogados querellantes, Carlos Garmendia.