Desde ya les pido perdón a los editores y lectores de este diario por ejercer la insistencia de manera terca y machacona. Pero no me cabe otra. En nuestro querido país, no basta que un legislador proponga una ley y consiga, tras ingentes esfuerzos, que se la voten. Es preciso que abogue después, hasta el cansancio, para que el Poder Ejecutivo la promulgue y la reglamente.
Por Miguel Bonasso
Fuente: Diario Crítica
Es el caso de la Ley 26.331, llamada “De Bosques”, que fue sancionada por el Congreso hace un año. Año que se cumplió el pasado viernes 28 de noviembre. Y seguimos hasta el momento de escribir estas líneas sin el decreto reglamentario del Ejecutivo. En contra, por cierto, de lo que la ley establece en su artículo 42, donde indica que la reglamentación debe producirse en un plazo máximo de noventa días.
O sea que si se reglamentara en el breve lapso que media entre la redacción de esta columna y su ubicación, igual el Gobierno estaría en pecado. Pero no hay indicios de que eso ocurra. Sólo promesas.
Hasta donde sé, la Ley de Bosques está varada en una oficina del Ministerio de conomía. Aunque se encuentra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y por lo tanto prohíbe expresamente nuevos desmontes de bosques nativos, su falta de reglamentación genera confusión (honesta o maliciosa) en las autoridades de aplicación, que son los organismos provinciales. Algunos funcionarios, como el director de Bosques de Entre Ríos, dicen desconocer, por ejemplo, qué escala de multas deberían aplicar a los desmontadores seriales.
Es sintomático que el Ejecutivo defienda a capa y espada el concepto de emergencia económica y no preste atención a la emergencia forestal que estamos padeciendo desde que se desató la fiebre de la soja en la Argentina. Emergencia que es parte de una situación francamente crítica en casi todos los rubros que hacen a los recursos naturales y la preservación del ambiente. El reciente veto presidencial a la Ley de Protección de los Glaciares ejemplifica esta desaprensión en los hechos, que pretende cubrirse con una defensa retórica del ambiente, consagrado como derecho humano fundamental en el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Inútiles han sido todos los esfuerzos realizados hasta el presente para que la ley se reglamente. El 29 de julio último, al cumplirse ocho meses desde la promulgación, presentamos un pedido de informes al Poder Ejecutivo para que nos explicara cuáles eran las razones por las que no se había reglamentado; cuáles eran los motivos por los que no se había cumplido con el artículo 42 y para que se sirviera explicitar cuál o cuáles fueron los organismos que provocaron el atraso.
Dos meses más tarde, descubrimos que en el proyecto de ley de presupuesto para 2009 no existía ninguna partida destinada a la implementación de la Ley de Bosques. Como algunos lectores interesados en el tema recordarán, cuando el proyecto obtuvo media sanción en Diputados, el Senado le incorporó una cláusula cuyo objetivo era crear un fondo especial para las provincias de mil millones de pesos, destinado a otorgar compensaciones a los productores a los que se les impedía realizar nuevos desmontes. En Diputados estuvimos de acuerdo con la creación de ese fondo, porque pensamos que el daño ambiental que podía seguir produciéndose si no se paraba la tala iba a ser muy superior.
Se comunicó entonces conmigo Romina Picolotti, la secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, para informarme oficiosamente que dispondrían una partida extra de 400 millones de pesos para el citado fondo compensatorio. Era en vísperas de la presentación del jefe de Gabinete Sergio Massa ante la Cámara de Diputados.
El primero de octubre, en el recinto, le pregunté públicamente a Massa por la falta de reglamentación y sus responsables. Me respondió textualmente: “Probablemente el señor diputado haya tenido suficiente información a partir del diálogo que mantuviera con la secretaria de Política Ambiental. De no ser así, la secretaria sigue a su disposición, tal como lo estuvo hace muy pocos días. Lo que sí quiero que quede claro ante este Parlamento es que la omisión en torno al financiamiento de la Ley de Bosques va a ser saldada con una nota del Poder Ejecutivo a la comisión de Presupuesto y Hacienda en la que quede claro que se trató de una omisión y no de la voluntad de incumplir con una obligación planteada por medio de una ley”.
Repliqué: “En su respuesta, el señor ministro no contestó lo medular de la pregunta. Yo le pregunté por qué no se había reglamentado en 280 días la Ley de Bosques y él se refirió a una comunicación telefónica que la secretaria de Ambiente tuvo conmigo, lo cual es cierto, pero eso no responde qué funcionarios son responsables de no haber reglamentado la ley”.
No era una cuestión baladí, burocrática o administrativa. La no reglamentación en un año va a traer consecuencias judiciales tendientes a obstaculizar los objetivos centrales que buscamos al legislar a favor de nuestros castigados bosques nativos. Esto es así porque la ley estableció una moratoria de un año, en el que no se pueden efectuar nuevos desmontes, hasta que las provincias realicen un ordenamiento territorial. O sea, para que determinen en qué zonas no puede haber categóricamente desmontes, en cuáles podrían ejecutarse previo estudio de impacto ambiental y la realización de audiencias públicas en las que participen las comunidades interesadas y en cuáles montes pueden actuar las topadoras sin objeciones.
El año de la moratoria ha concluido y no todas las provincias han realizado su ordenamiento territorial. Esto podría dar pie a que los vivos que nunca faltan argumenten que se acabó el tiempo de veda y que pueden volver a desmontar alegremente.
Desde luego que el espíritu protector de la ley lo prohíbe expresamente, pero la demora en la reglamentación, que consumió los 365 días de moratoria, podría dar lugar a diversas presentaciones ante la Justicia. Así lo admiten, sotto voce, en la propia Secretaría de Ambiente, donde a la vez pretenden tranquilizarnos afirmando que es inminente la promulgación del decreto.
Aunque así sea, si sumamos esta indefendible demora a la que hubo en el propio tratamiento de la ley, que comenzó a mediados de 2006, veremos que en el medio perdimos muchas forestas para siempre. Solamente en Salta, en el año del tratamiento de la 26.331, el ecocida Juan Carlos Romero autorizó el desmonte de 478 mil hectáreas.
Así vamos.