Home / Noticias / Santa Fe: Sanciones por Incumplir la Ley de Bosques

Santa Fe: Sanciones por Incumplir la Ley de Bosques

Una decena de establecimientos del norte provincial sufrirán importantes multas por violar la normativa vigente.  El secretario de Mediambiente provincial, César Mackler reveló que los establecimientos a sancionar, en su mayor medida pertenecen a los departamentos 9 de Julio, Las Colonias, San Javier, Vera y General Obligado.

Más de una decena de establecimientos del norte santafesino serán sancionados por el gobierno provincial al incumplir diversas disposiciones de la ley nacional 26.331 de presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos (conocida como ley de bosques). Esas multas partirán desde los 500 mil pesos. El secretario de Medio Ambiente provincial, César Mackler, informó que las sanciones por deforestación serán aplicadas una vez que el proceso administrativo en curso finalice. “Calculamos que a mediados de este mes se aplicarán efectivamente las multas”, resaltó, y agregó que “todos los procedimientos basados en órdenes de allanamiento fueron llevados adelante con la colaboración de las fuerzas policiales, vecinos y organizaciones ambientalistas que se encuentran consustanciadas con el medio ambiente”.

En igual sentido, Mackler reveló que los establecimientos a sancionar, en su mayor medida pertenecen a los departamentos 9 de Julio, Las Colonias, San Javier, Vera y General Obligado.

Según datos brindados desde la Secretaría, cabe destacar que en Argentina se desmontan unas 280 mil hectáreas de bosque nativo por año, lo que equivale a 1 hectárea aproximadamente de bosque que se pierde cada 2 minutos. El 70 por ciento de esta deforestación irracional ocurre en la región chaqueña. En el norte de Santa Fe se triplicó el desmonte en los últimos cinco años. Hoy sólo quedan 570 mil hectáreas de bosques nativos, pero cada año se pierden 30 mil más. Si se sigue a ese ritmo, en poco más de una década no habrá muestras de bosques nativos en la provincia. Córdoba, por su parte, perdió el 87 por ciento de sus bosques nativos y de sus bosques chaqueños de llanura, sólo sobrevivió el 8 por ciento de la superficie original en menos de un siglo.

En sólo seis años (desde 1999 hasta 2005) la provincia del Chaco traspasó más de un millón de hectáreas de tierras fiscales a manos privadas, la mayoría de ellas eran superficies con bosques nativos. En Salta, las autorizaciones de desmonte alcanzaron un punto crítico. En el período previo a la sanción de la ley nacional de bosques (noviembre de 2007), en sólo cuatro semanas se aprobó la deforestación de más de 130 mil hectáreas, equivalente al 80 por ciento de lo afectado durante todo 2005.

Al respecto, el ministro de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente provincial, Antonio Ciancio, hizo hincapié en un aspecto esencial para Santa Fe que es el ordenamiento territorial de sus bosques nativos. “A través de un proceso participativo estamos llevando adelante el ordenamiento que nos permitirá avanzar en la conservación de nuestros bosques”, dijo el funcionario.

“Lo que permitirá el ordenamiento territorial que pide la ley es zonificar en un mapa según un color determinado, las distintas áreas de bosques nativos que existen en la provincia. Estos colores definirán las áreas de bosque que se deben conservar y aquellas en las que se puede realizar una explotación forestal”, precisó Ciancio.

Los colores estarán divididos en “Categoría I” (rojo) con sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse cambiando el uso del suelo; “Categoría II” (amarillo) para los sectores de mediano valor de conservación, que aunque estén degradados, si se los restaura, pueden tener un alto valor de conservación y se podrán usar para aprovechamiento sostenible, turismo e investigación científica; y la “Categoría III” (verde) para los sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, cuando se cumplimente con los requisitos legales vigentes y la autoridad de aplicación lo autorice.

La ley de bosques fue sancionada el 2 de noviembre de 2007 por el Congreso Nacional y establece normas y también recursos económicos para el manejo sostenible de los bosques nativos y de los servicios ambientales que ellos brindan a la sociedad. Entre ellos, promover la conservación de los bosques nativos a través de un ordenamiento territorial, que regule la expansión de la frontera agropecuaria y cualquier otro cambio de uso del suelo; implementar medidas para controlar la disminución de la superficie de bosques nativos; mejorar y mantener los procesos ecológicos y culturales en los bosques nativos que beneficien a la sociedad; hacer prevalecer los principios precautorios y preventivos, manteniendo bosques nativos cuyos beneficios ambientales o los daños ambientales que su ausencia generase, aún no puedan demostrarse con las técnicas disponibles en la actualidad; y fomentar actividades que enriquezcan, conserven, restauren, mejoren y manejen de forma sostenible los bosques nativos.

Dentro de las medidas que establece la ley existen ciertos puntos que son muy importantes de tener en cuenta: en un plazo máximo de un año (fines de 2008), a través de un proceso participativo, cada provincia deberá realizar el ordenamiento territorial de sus bosques nativos y una vez cumplido este año, las provincias que no hayan realizado su ordenamiento territorial no podrán autorizar desmontes ni ningún otro tipo de utilización y aprovechamiento de los bosques nativos.

Este ordenamiento territorial debe realizarse en el marco de un proceso participativo, es decir, deben ser convocadas todas las personas, instituciones u organizaciones interesadas. Durante la realización del mismo no se podrán autorizar desmontes y finalizado el ordenamiento, para autorizar intervenciones en el bosque nativo obligatoriamente deberá realizarse un estudio de impacto ambiental y una audiencia pública.

Comentar

Su dirección de correo electrónico no será publicada.Los campos necesarios están marcados *

*